Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Secretaría General del Servicio Extremeño de Salud dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión y el plazo de subsanación de defectos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Diario Oficial de Extremadura se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo de diez días hábiles para la subsanación de errores y reclamaciones. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó su exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. Será insubsanable la presentación de la instancia fuera del plazo.
Una vez finalizado el plazo expresado en el apartado anterior, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura resolución de la Secretaría General del Servicio Extremeño de Salud por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos. Esta resolución indicará los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas definitivas. Los escritos presentados por los aspirantes para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión en la relación provisional de admitidos y excluidos se entenderán contestados con la publicación de la resolución por la que se aprueban las listas definitivas de admitidos y excluidos. Esta publicación servirá de notificación a los interesados. El hecho de figurar en la relación definitiva de admitidos, no supone que se reconozca a los aspirantes el cumplimiento de los requisitos exigidos en este proceso selectivo.