6.1. El proceso de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, que tendrá dos fases: fase de oposición y fase de concurso.
6.2. Fase de Oposición.
6.2.1. La fase de oposición constará, para todos los sistemas de acceso, de un ejercicio obligatorio y de carácter eliminatorio. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
Sin perjuicio de la publicación de los programas de materias, deberá exigirse por el Tribunal, en la totalidad del proceso selectivo, la normativa vigente el día de la publicación de la resolución por la que se fija la fecha de celebración del ejercicio.
a) Para los aspirantes tanto del turno libre como de discapacidad el ejercicio consistirá en contestar en 120 minutos, a un cuestionario formado por 100 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una de ellas será la correcta, sobre el programa de materias específicas y comunes que figuran en el Anexo III de esta resolución. De dicho cuestionario, 10 preguntas versarán sobre el programa de materias comunes.
El cuestionario que se proponga a los aspirantes contendrá además otras 8 preguntas adicionales tipo test, de las que 1 versarán sobre el programa de materias comunes. Estas preguntas sustituirán correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
b) Para los que accedan por el turno de promoción interna. El ejercicio consistirá en contestar en 108 minutos, a un cuestionario formado por 90 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las que sólo una de ellas será la correcta, sobre el programa de materias específicas que figuran en el Anexo III de esta resolución. El cuestionario que se proponga a los aspirantes contendrá, además, otras 7 preguntas adicionales tipo test. Estas preguntas sustituirán correlativamente a aquellas preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al inicio del ejercicio.
Estos aspirantes estarán exentos del programa de materias comunes, siendo el resto de las preguntas idénticas a las formuladas en el turno libre.
6.2.2. Para la valoración de este ejercicio, en todos los turnos de acceso, las respuestas correctas puntuarán positivamente, las no contestadas no tendrán valoración alguna y las contestadas erróneamente penalizarán de forma tal que por cada tres respuestas erróneas se restará una válida.
6.2.3. El ejercicio será calificado de 0 a 60 puntos, siendo necesario para superarlo alcanzar una puntuación mínima de 30 puntos, que se obtiene contestando correctamente al menos el 50% de las preguntas válidas, una vez aplicadas las reglas anteriores.
6.2.4. En el primer día hábil siguiente a la celebración del ejercicio, se publicará el cuestionario de preguntas y la plantilla de respuestas en el portal de selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles a partir de dichas publicaciones, para formular impugnaciones contra las preguntas formuladas o las respuestas dadas por el Tribunal. Dichas impugnaciones deberán presentarse a través del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud. El documento o formulario generado, firmado digitalmente y registrado electrónicamente servirá a todos los efectos como justificante de su presentación en tiempo y forma.
Las impugnaciones presentadas por los aspirantes se entenderán contestadas con la publicación por el Tribunal de la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición.
Esta publicación servirá de notificación a los interesados.
6.3. Fase de concurso.
La fase de concurso consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo que se publica como Anexo IV de estas bases, de los méritos que acrediten los aspirantes, referidos al último día de presentación de instancias.
Los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la relación de aprobados de la fase de oposición, para que presenten los méritos que pretendan hacer valer en esta fase de concurso. Dicha documentación deberá presentarse a través del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud siguiendo las instrucciones que dispongan la aplicación establecida al efecto o en su defecto mediante el sistema que se indique en la relación de aprobados de la fase de oposición. En su caso, el documento o
formulario generado, firmado digitalmente y registrado electrónicamente servirá a todos los efectos como justificante de la presentación de los méritos en tiempo.
No será necesaria la acreditación de los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, aportándose de oficio por la Administración, según dispone el apartado II del Anexo IV de esta convocatoria.
El Tribunal podrá solicitar a los interesados cualquier tipo de aclaración o subsanación sobre la documentación presentada, dándole un plazo de diez días hábiles. Si no fuera atendido el requerimiento, no se valorará el mérito correspondiente. Asimismo, el Tribunal se reserva el derecho a comprobar con los órganos que expidan las certificaciones la veracidad del contenido de las mismas cuando a juicio de dicho Tribunal se considere necesario.
El Tribunal solo podrá valorar o solicitar aclaración sobre los méritos y/o documentación presentados en plazo por los concursantes. Los méritos deberán estar redactados en castellano.
La valoración de los méritos en la fase de concurso, en los diferentes turnos, no podrá en ningún caso superar los 40 puntos.
La puntuación obtenida en la fase de concurso no podrá ser aplicada para superar la fase de oposición.
6.4. La puntuación máxima del proceso selectivo es de 100 puntos, distribuidos de forma que a la fase de oposición le corresponden 60 puntos y a la fase de concurso 40 puntos.