5. Proceso selectivo
5.1 La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos del admitido a las pruebas, justificados de acuerdo con el apéndice I de este anexo.
5.2 La fase de oposición se ajustará al régimen establecido en la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, y a lo previsto en el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, constando de las siguientes pruebas:
a) Conocimientos teórico-prácticos, que a su vez consta de:
Ortografía.
Gramática.
Conocimientos generales. Lengua inglesa.
b) Psicotécnica, que se compone de:
Aptitudes intelectuales. Perfil de personalidad.
c) Aptitud psicofísica, que se divide en:
Pruebas físicas.
Entrevista personal.
Reconocimiento médico.
5.3 Salvo que lo determine el Tribunal de Selección, en ningún caso, se permitirá el uso de diccionarios, libros, apuntes, calculadoras o cualquier otro tipo de ayudas. Además, está prohibida la entrada en las aulas y salas de examen y en las de entrevistas personales con teléfonos móviles o con cualquier dispositivo que permita la grabación, reproducción, transmisión o recepción de datos, imágenes o sonidos.
El incumplimiento de estas normas llevará consigo la exclusión del aspirante del proceso de selección y la pérdida de los derechos de examen.
5.4 El lugar, fecha y hora de presentación a las pruebas se anunciará por el Tribunal de Selección por los medios expresados en la base 4.11.
6. Desarrollo de las pruebas selectivas
6.1 Las pruebas selectivas se desarrollarán en el orden que determine el Tribunal de Selección, con las particularidades que seguidamente se detallan.
6.1.1 Prueba de conocimientos teórico-prácticos: el tiempo de esta prueba será de ciento cuarenta (140) minutos, durante el que se realizarán, sin solución de continuidad, las siguientes pruebas:
a) Prueba de ortografía: consistirá en la realización de un ejercicio con cinco frases numeradas del uno al cinco, en las que se han subrayado cuatro palabras o expresiones en cada frase, identificadas con las letras A, B, C y D, respectivamente, debiendo señalar las que presenten falta ortográfica; además se incluirá una frase con cuatro (4) palabras o expresiones de reserva subrayadas del mismo modo. Estas últimas, solamente serán valoradas en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las palabras anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuestionario.
Se considera respuesta errónea, tanto dejar de marcar una palabra o expresión con falta de ortografía como marcar una que es correcta.
b) Prueba de gramática: consistirá en la realización de un ejercicio con cinco preguntas, numeradas del uno al cinco, en cada una de las cuales figuran cuatro frases o expresiones, identificadas con las letras A, B, C y D, respectivamente, debiendo señalar aquellas frases o expresiones que no son correctas desde los puntos de vista morfológico y/o sintáctico. Además, se incluirá una pregunta con cuatro frases o expresiones de reserva, que solamente serán valoradas en el caso de que el Tribunal anule alguna de las frases o expresiones anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuestionario.
Se considera respuesta errónea, tanto dejar de marcar una frase o expresión incorrecta como marcar una que es correcta.
c) Prueba de conocimientos generales: consistirá en la contestación a un cuestionario de cien (100) preguntas tipo test, extraídas del «temario» y cinco (5) preguntas de reserva que también figuran en el cuestionario. Las preguntas de reserva solamente serán valoradas en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuestionario. Cada pregunta tiene una única respuesta válida; en el caso de que el aspirante considere correctas varias opciones, deberá señalar la más completa. Las preguntas contestadas incorrectamente tienen penalización. No se penalizará la pregunta no contestada.
d) Prueba de lengua inglesa: consistirá en la contestación a un cuestionario de veinte (20) preguntas tipo test sobre el idioma inglés con un nivel compatible con los contenidos contemplados para la Educación Secundaria Obligatoria en el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria y una (1) pregunta de reserva que también figura en el cuestionario. La pregunta de reserva solamente será valorada en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores. Cada pregunta tiene una única respuesta válida; en el caso de que el aspirante considere correctas varias opciones, deberá señalar la más completa. Las preguntas contestadas incorrectamente tienen penalización. No se penalizará la pregunta no contestada. Para estas pruebas irán provistos de bolígrafo de tinta de color negro.
6.1.2 Prueba psicotécnica: consistirá en la evaluación de habilidades cognitivas que reflejen la habilidad mental general y variables de personalidad para explorar la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas, tanto del periodo académico como alumno de un centro de formación, como de su futura adaptación al desempeño profesional. Constará de dos partes:
a) Aptitudes intelectuales: se evaluarán mediante la aplicación de test de inteligencia general y/o escalas específicas que midan la capacidad de aprendizaje, análisis, razonamiento y potencial cognitivo. La batería se compondrá de ochenta (80) preguntas y el tiempo total para la ejecución de la prueba, que incluye el dedicado a la lectura de instrucciones, será de cincuenta y cinco (55) minutos. Cada pregunta tiene una única respuesta válida; en el caso de que el aspirante considere correctas varias opciones, deberá señalar la más completa. Las preguntas contestadas incorrectamente tienen penalización. No se penalizará la pregunta no contestada.
b) Perfil de personalidad: se evaluará mediante test que exploren las características
de personalidad, actitudinales y motivacionales.
Los resultados de la prueba psicotécnica aplicada podrán ser tenidos en cuenta para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional de la Guardia Civil.
6.1.3 Prueba de aptitud psicofísica:
a) Pruebas físicas: consistirán en la realización de los ejercicios físicos descritos en el apéndice II de esta Convocatoria, donde se determinan las marcas mínimas a superar en cada uno de ellos. El Tribunal de Selección podrá determinar el orden de ejecución de los ejercicios pudiendo desarrollar varios simultáneamente; en este caso deberá estar presente en cada uno de ellos, al menos, un miembro del Tribunal de Selección.
Para la realización de los ejercicios de estas pruebas físicas, los admitidos irán provistos de atuendo deportivo acorde con el tipo de ejercicios a realizar. Antes del inicio de las mismas entregarán al Tribunal de Selección Certificado Médico Oficial expedido dentro de los veinte (20) días anteriores en el que se haga constar expresamente «que el aspirante se encuentra capacitado físicamente para la realización de las pruebas físicas consistentes en los ejercicios de: coordinación (circuito de agilidad y coordinación); resistencia (carrera de 2000 metros); potencia del tren superior (extensiones de brazos) y soltura acuática (50 metros) sin que ello suponga un riesgo para su salud», cuyos modelos se publican como apéndices III y IV del presente anexo, o bien la ficha médica válida que establece la Instrucción Técnica número 01/2015, de 19 de febrero de 2015, de la Inspección General de Sanidad de la Defensa, sobre «Reconocimientos médicos para la realización de pruebas físicas». En ningún caso, en dicha ficha médica debe constar una fecha previa a la de la presente publicación y si esta fecha es más de 20 días anterior a la de las pruebas, deberá ir acompañada de una declaración del interesado donde se especifique que no ha padecido ningún proceso patológico desde la realización del reconocimiento hasta el momento de realizar las pruebas físicas. En el certificado debe constar la identidad del aspirante.
La no presentación de cualquiera de los documentos citados en los términos expuestos supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
b) Entrevista personal: consistirá en la evaluación de la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas del desempeño profesional. Permitirá valorar que el candidato presenta, en grado adecuado, las competencias y cualidades necesarias para superar el período académico y poder desempeñar los cometidos y responsabilidades que le sean encomendados con su incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.
El Jefe de la Jefatura de Enseñanza establecerá, previamente, los criterios que se seguirán para valorar las competencias y cualidades siguientes:
I. Adecuación a normas y código de conducta. II. Responsabilidad/madurez.
- Espíritu de sacrificio y abnegación.
- Autocontrol.
- Habilidades sociales y de comunicación.VI. Adaptación.
La prueba de entrevista personal se constituye en prueba independiente del resto. Con anterioridad a su realización se cumplimentará un cuestionario de información biográfica (BIODATA) el cual no tendrá carácter puntuable, sirviendo, únicamente, como elemento de apoyo para la realización de la misma, del mismo modo que el informe de vida laboral y/o, en el caso del personal militar, la Hoja General de Servicios, que se deberán aportar en la fecha de citación para la ejecución de la entrevista.
Los datos obtenidos en la prueba psicotécnica podrán ser utilizados instrumentalmente en la valoración de la entrevista personal. En ningún caso el resultado de la entrevista personal vendrá condicionado o vinculado de modo exclusivo al resultado de dicha prueba, ya que constituye un elemento previo para que el Tribunal pueda orientar, si lo estima conveniente, el contenido de la misma.
Consistirá en la recogida de información a través del diálogo y los «test» que consideren pertinentes los entrevistadores. Seguirá un desarrollo semiestructurado.
Para la realización de las entrevistas, y dependiente del Presidente del Tribunal de Selección, se constituirá un órgano de apoyo asesor especialista compuesto por personal titulado en Psicología y por Oficiales o Suboficiales de la Guardia Civil. En la entrevista a cada aspirante debe estar presente, al menos, un psicólogo.
c) Reconocimiento médico: consistirá en un examen médico realizado por los facultativos designados al efecto con la finalidad de comprobar la adecuación de los aspirantes a las exigencias establecidas en el cuadro médico de exclusiones del anexo I de la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, y de conformidad con lo dispuesto por la Sentencia de 21 de febrero de 2023, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar el recurso de casación número 4551/2021 (BOE núm. 127, de 29 de mayo).
Los aspirantes citados para someterse a reconocimiento médico se presentarán en ayunas y con retención de orina en el lugar, fecha y hora que se les indique.
Para la realización del reconocimiento médico, y dependiente del Presidente del Tribunal de Selección, se constituirá un órgano de apoyo asesor especialista, compuesto por personal titulado en Medicina, con las especialidades necesarias.
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada prueba en único llamamiento. La no presentación del aspirante a una prueba o ejercicio en el momento en el que el Presidente del Tribunal de Selección declare el inicio de cada uno de los turnos que puedan establecerse de los mismos, supondrá la exclusión del proceso de selección, sea cual fuere la causa que al respecto pueda alegarse, salvo en lo establecido en el capítulo V del Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil. No obstante, en el caso de que existiera más de un día para cada prueba, el Tribunal de Selección podrá autorizar el cambio de día o tanda a los aspirantes que lo soliciten por causas justificadas antes del inicio de las mismas.
Una vez el admitido a las pruebas selectivas tome parte en la primera, junto con los convocados para ese día, deberá efectuar, sucesivamente y en el orden en que se haya establecido, la totalidad de las mismas para esa fecha, y si por cualquier circunstancia no continuara realizando alguna de ellas o no lograse superarla, será excluido del proceso selectivo.
No obstante, cuando por problemas técnicos u otra causa de fuerza mayor, no pueda determinarse de manera fehaciente el resultado de cualquiera de las pruebas, el Tribunal de Selección conforme a la base 4.5, dispondrá la repetición de la prueba en concreto por todos los afectados, tras dejar transcurrir, en el caso de que se trate de ejercicios físicos, un tiempo suficiente para permitir la recuperación del aspirante.
6.3 El personal admitido al proceso de selección para el acceso a la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias, que acredite ante el Presidente del Tribunal de Selección mediante informe médico oficial que se encuentra en alguna de las situaciones establecidas en el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, que le permita acogerse a las medidas de protección previstas en su capítulo V, realizará las pruebas físicas conforme a lo estipulado en la citada norma. La fecha alternativa para realizar dichas pruebas será fijada por el Tribunal de Selección para un día dentro de las tres semanas previas a su incorporación a la Academia de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.
6.4 En aquellas pruebas que lo requieran, el orden de actuación de los aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «W», siguiendo los demás el orden alfabético iniciado con la citada letra, conforme a la Resolución de 12 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE número 167, de 14 de julio de 2023).
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «W», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «X», y así sucesivamente.
6.5 En cualquier momento, el personal admitido a las pruebas podrá ser requerido por los miembros del Tribunal de Selección, colaboradores y auxiliares, para que acredite su identidad, a cuyo fin irá provisto del documento nacional de identidad o cualquier otro documento legal que lo sustituya. La no acreditación documental de la identidad del aspirante llevará consigo su exclusión del proceso selectivo.
7. Calificaciones
7.1 La fase de concurso, calificada conforme al apéndice I, tendrá una valoración entre cero (0) y cuarenta y cinco (45) puntos.
7.2 Para garantizar los principios de confidencialidad e igualdad, las pruebas de conocimientos teórico-prácticos y psicotécnica se corregirán y calificarán mediante un sistema que impida la identificación personal de los admitidos a las pruebas.
7.3 La puntuación final de la fase de oposición se obtendrá de acuerdo a la siguiente fórmula:
Pf = ∑ Px Siendo:
𝑌 𝐸 Px= (𝐴− )
𝑇 N−1
Donde:
Pf, es la puntuación final de la fase de oposición.
Px, es la puntuación obtenida en una prueba X.
Y, es el coeficiente aplicable a cada prueba, que se corresponde con la puntuación máxima alcanzable en cada una.
T, es el número total de preguntas que tenga el cuestionario.
A, es el número de aciertos o preguntas contestadas correctamente.
E, es el número de errores o preguntas contestadas incorrectamente. N, es el número de alternativas de cada pregunta.
Para el cálculo de las puntuaciones de cada prueba de la fase de oposición se establecen los siguientes valores:
Prueba |
Y |
T |
N |
Conocimientos generales (Pcg). |
100 |
100 |
4 |
Lengua inglesa (Pli). |
20 |
20 |
4 |
Psicotécnica (Pps). |
30 |
80 |
4 |
7.4 La prueba de ortografía se evaluará como «apto» o «no apto». Serán declarados «no aptos» aquellos admitidos a las pruebas que tengan seis (6) o más respuestas erróneas, quedando excluidos del proceso selectivo.
7.5 La prueba de gramática se evaluará como «apto» o «no apto». Serán declarados «no aptos» aquellos admitidos a las pruebas que tengan seis (6) o más respuestas erróneas, quedando excluidos del proceso selectivo.
7.6 La prueba de conocimientos generales se calificará de cero (0) a cien (100) puntos; para superarla será necesario alcanzar una puntuación mínima de cincuenta (50) puntos, siendo declarados «no aptos» quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán apartados del proceso selectivo.
7.7 La prueba de lengua inglesa se valorará de cero (0) a veinte (20) puntos; para superarla será necesario alcanzar una puntuación mínima de ocho (8) puntos, siendo declarados «no aptos» quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán excluidos del proceso selectivo.
7.8 La prueba de aptitudes intelectuales se valorará de cero (0) a treinta (30) puntos, de acuerdo con las puntuaciones obtenidas en los test aplicados según la base 6.1.2.a); para superarla será necesario alcanzar una puntuación mínima de doce (12) puntos, siendo declarados «no aptos» quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán excluidos del proceso selectivo.
7.9 La puntuación final de las pruebas selectivas será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición, y determinará el orden de los aspirantes que, tras ser declarados aptos, pasan a realizar las pruebas de aptitud psicofísica. El número de convocados será de 1,5 aspirantes por plaza ofertada.
7.10 Los casos de igualdad en la calificación se resolverán siguiendo el siguiente orden de prelación:
a) El que obtenga mayor puntuación en la prueba de conocimientos generales.
b) El que obtenga mayor puntuación en la prueba de lengua inglesa.
c) El que obtenga mayor puntuación en la prueba de aptitudes intelectuales.
d) El de mayor edad.
7.11 La petición de revisión de la calificación otorgada en las pruebas de ortografía, gramática, conocimientos generales, lengua inglesa y de aptitudes intelectuales, habrá de realizarse por escrito, mediante solicitud dirigida al Presidente del Tribunal de Selección a través de los medios establecidos en la base 4.10, en el plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir de la publicación de las calificaciones en la dirección de Internet a que se hace referencia en la base 4.11.
8. Calificación de las pruebas de aptitud psicofísica
8.1 Pruebas físicas.
8.1.1 La calificación de los ejercicios físicos será de «apto» o «no apto». Se calificarán como «no apto» aquellos que no logren superar todos los ejercicios físicos descritos en el apéndice II. Los calificados «no apto» serán excluidos del proceso selectivo en el momento de no superar alguno de ellos. Los resultados se expondrán en el lugar donde se hayan realizado dichos ejercicios y en la dirección de Internet a que se hace referencia en la base 4.11.
8.1.2 La petición de revisión de la calificación otorgada en las pruebas físicas habrá de realizarse mediante solicitud dirigida al Presidente del Tribunal de Selección en el plazo que determine la resolución por la que se publique dicha calificación.
8.2 Entrevista personal.
8.2.1 Los miembros del órgano de apoyo que realicen la prueba de entrevista emitirán una propuesta motivada e individualizada de calificación al Tribunal de Selección, quien calificará la Prueba de Entrevista Personal como «apto» o «no apto provisional».
8.2.2 La calificación de «no apto provisional» podrá ser revisada a instancia del interesado, mediante solicitud dirigida al Presidente del Tribunal de Selección en el plazo que determine la resolución por la que se publique dicha calificación.
8.2.3 Para la realización de las revisiones de las calificaciones se constituirán Juntas de Revisión, dependientes del Presidente del Tribunal de Selección y compuestas por titulados en Psicología. En éstas, tras estudiar la documentación generada en las entrevistas personales y oír a los interesados, se emitirán propuestas motivadas e individualizadas para su calificación definitiva por el Tribunal.
8.2.4 Los aspirantes calificados como «no apto provisional» que no soliciten la revisión en el plazo señalado y aquellos que, tras la revisión practicada, vean confirmada dicha calificación, serán definitivamente declarados como «no apto» por el Tribunal de Selección, y excluidos del proceso selectivo.
8.2.5 Las calificaciones de la entrevista personal serán expuestas en el lugar en el que se realice la entrevista y en la dirección de Internet a que se hace referencia en la base 4.11.
8.3 Reconocimiento médico.
8.3.1 El Tribunal de Selección sólo considerará válidos los resultados y pruebas analíticas que se obtengan en el citado reconocimiento médico.
8.3.2 Como resultado del reconocimiento médico, los aspirantes serán calificados como «apto», «no apto» o «no apto circunstancial».
8.3.3 La calificación de «no apto» podrá ser revisada a instancia del interesado, mediante solicitud dirigida al Presidente del Tribunal de Selección, en un plazo no superior a tres (3) días hábiles contados a partir del siguiente a aquél en que se publiquen los resultados del reconocimiento médico en la dirección de Internet a que se hace referencia en la base 4.11, mediante el oportuno Acuerdo del Tribunal de Selección. El Presidente del Tribunal de Selección dispondrá su comparecencia, antes de diez (10) días hábiles contados desde la fecha que finalice la calificación de la última prueba selectiva, ante una Junta Médica de Revisión.
8.3.4 Los aspirantes calificados como «no apto» que no soliciten la revisión en el plazo señalado en la letra anterior, y los que, tras la revisión realizada por la referida Junta continúen con dicha calificación, serán excluidos del proceso selectivo.
8.3.5 A quienes sean declarados «no apto circunstancial», les será fijada fecha para pasar un nuevo reconocimiento médico, ante la Junta Médica de Revisión, a fin de determinar si resultan «apto» o «no apto» con los efectos señalados en el punto anterior.
8.3.6 Los resultados de los reconocimientos médicos serán expuestos en los locales donde se hayan realizado y en la dirección de Internet a que se hace referencia en la base 4.11.